Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo, señalando al de Hacienda en sala de justicia para que oiga los recursos y examine los privilegios de las Comunidades, Cuerpos y Particulares que por la calidad de sus títulos se creyesen exentos de la casación y revocación de las excepciones de pagar diezmos, prescriptas en el Breve de S.S. de 8 de Enero de 1796 en la forma que se previene. Tamaño 20,5cm base x 30,5cm altura. Cinco páginas impresas.