-1. Vicariato de Roma (1845): documento oficial ordinario de uso privado de ordenación o licencia de funciones de un sacerdote expedido en nombre del cardenal Costantino Patrizi Naro, con sello en seco oficial y con firma manuscrita del notario apostólico “S. Can. Bonafontis Not.”
-2. Licencia oficial eclesiástica ordinaria y de uso privado para para oír confesiones sacramentales, redactada en latín, con anotaciones manuscritas, ambos documentos a favor del presbiterio D. Ignacio Gumiel, este segundo fechado en 1849 en Puerto Rico, firmado por Bonaventura Vilaseca.
Pecados reservados que requieren licencia especial:
Herejía manifiesta.
Solicitud deshonesta al escuchar confesiones.
Absolver a un cómplice en pecado impuro.
Blasfemia pública.
Usura cometida con plena conciencia.
Apostasía, recaída en la fe o manifestación pública de incredulidad.
Homicidio deliberado.
Agresión física a obispos por venganza u odio.
Celebración de sacramentos sin autorización.
Simonía (venta de sacramentos).
Casos graves contra la conciencia.
Incesto, sodomía o bestialismo.
Violación a mujeres por parte de clérigos.
Injusticia maliciosa en juicio.
Engaño en confesiones fingidas.
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